jueves, 28 de enero de 2010

ORDENES DE PUBLICIDAD

1. Todas las órdenes deberán llevar la fecha del mes en que se transmitirá la publicidad. Si se contrataran ofertas o paquetes para varios meses, deberán enviarse todas las órdenes por anticipado y separadas para cada mes antes de iniciarse la publicidad.

2. Cada orden deberá especificar canal, franja horaria y genero de programas. No se podrán especificar programas con excepción de Noticieros y eventos deportivos o especiales.

3. No se pautarán órdenes verbales, ni aquellas que no cumplan los estipulados en los contratos o tarifas vigentes.


4. Todas las órdenes o contra-órdenes de publicidad deberán ser enviadas con 48 horas hábiles de anticipación para garantizar la transmisión o suspensión de los spots. Fuera de ese plazo no se aceptarán ni órdenes ni suspensiones. El mismo plazo se estipula para cambios de material o versiones de los spots.

5. Toda orden de publicidad para ser transmitida deberá ser previamente aprobada por el Dpto. de Ventas y recibida en horas hábiles en recepción de órdenes. Televicentro no se hace responsable por órdenes no recibidas en el Dpto. de Ventas. El horario de recepción es de Lunes a Viernes de 9:00 AM a 12:00 PM y de 2:00 a 5:00 PM.

6. Las órdenes de publicidad contratada a base de canje y gestionado por medio de agencia, tendrá una comisión del 7.5% y no generará ni formará parte de los descuentos por volúmen. Los canjes no gestionados por agencias y entre otros medios publicitarios y Televicentro no generan ninguna comisión.

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