jueves, 28 de enero de 2010

Plan de DOBLE DESCUENTO

• El plan DOBLE DESCUENTO es para los clientes que firmen un contrato de publicidad para todo el año de acuerdo a tres modalidades, comprometiéndose a una cifra definida para el año independientemente de sus pautas mensuales. Para firmar contrato se requiere un monto de inversión arriba de Lps. 1,000,000.00.

• Las modalidades Plan 20/20, Plan 15/15 y Plan 10/10, ofrecen descuentos en tarifa y bonificaciones de acuerdo a su promedio de compras mensuales.

• Las cantidades adicionales de publicidad que los anunciantes compren (arriba del 10%) una vez terminados sus contratos, serán consideradas compras normales y se harán con las tarifas vigente (sin beneficios) a la fecha de la compra. El 10% adicional es automático y no requiere de negociación alguna, siempre y cuando se notifique previamente su ampliación y se establezca la forma de pago.

• El valor de los contratos es intransferible. Estos sólo pueden ser usados por la empresa que los contrató y las marcas propias previamente indicadas en los mismos. No se aceptarán marcas pertenecientes a diferentes empresas aunque pertenezcan a un mismo grupo o distribuidor.

• Los contratos deberán ser cumplidos en un 40% en el primer semestre del año (Enero/Junio) y en un 60% en el segundo semestre (Julio/Diciembre). El anunciante queda en libertad de anticipar su inversión del segundo semestre.

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